El plazo para la presentación de las solicitudes de las ayudas para inicio de actividad, habían terminado el día 15 de julio de 2008, pero se ha abierto un nuevo plazo general que terminará el día 15 de septiembre de 2008.
Mediante esta orden (21 abril del 2008 DOG nº 81 del 28 de abril), se podrán subvencionar altas en el RETA o en mutualidad de colegio profesional, siempre y cuando cumplan los requisitos y condiciones establecidas en la citada Orden.
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